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Cómo lo hacemos

En el siguiente gráfico resumimos la relación triangular en la que se basa la contratación temporal: entre el trabajador y la E.T.T. a través de un contrato laboral; entre la empresa usuaria y la E.T.T., a través del contrato de puesta a disposición (CPD); y entre la empresa usuaria y el trabajador, mediante la prestación laboral para la que fue cedido.

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